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26 Septiembre 2019
A final de su segundo mandato, Alfonso López Pumarejo impulsó una nueva reforma constitucional que fue finalmente aprobada en 1945. Esta reforma pretendía, en general, continuar con el proceso de modernización del Estado colombiano en distintos aspectos, e iniciada por el mismo López en 1934. Son varios los elementos más relevantes de la reforma. En el aspecto administrativo se destaca la introducción de modificaciones al régimen territorial, más específicamente en relación a los requisitos para la organización de nuevos departamentos y la conformación de Bogotá como distrito especial.
El acto legislativo reformatorio contempla la concesión de la ciudadanía a la mujer pero sin derecho a votar. Sin embargo, esta medida representa un avance importante para la época por cuanto permite a la mujer insertarse formalmente al mercado laboral. El hecho de poder trabajar, y ser reconocido este trabajo por la ley, aumenta la autonomía económica de la mujer en la sociedad.

También establece por primera vez en Colombia desde 1886 la expresa prohibición a los militares de sufragar y de su intervención en política mientras se encuentren en el servicio activo. Este punto es importante porque amplía y consolida el poder civil sobre las fuerzas armadas nacionales y evita su posible influencia en los procesos políticos y electorales.
Otro de los aspectos de la reforma es la ampliación de las responsabilidades del Congreso respecto de la discusión y aprobación de proyectos de orden económico. Más específicamente, se amplían las responsabilidades de discusión en relación con la planeación económica por programas y algunos elementos fiscales como el establecimiento y ampliación de las rentas públicas, el reconocimiento de la deuda del nivel nacional y la creación de empleos públicos.
La reforma constitucional de 1945, posibilita la creación de empresas públicas y aparece entonces la figura del Estado como actor principal en el sistema económico. Este aspecto complementa lo establecido en la reforma de 1936 impulsada por López. Es en esa norma donde aparece por primera vez en la legislación colombiana la intervención del Estado en la economía como una de sus funciones primordiales.